lunes, 15 de julio de 2013
lunes, 8 de julio de 2013
¿Deberes escolares? Sí, pero no así
Muchos padres y madres nos transmiten a menudo su preocupación por las tareas que el profesorado de las distintas materias les encarga a sus hijos diariamente, y que les crea verdaderos problemas y preocupaciones para afrontarlos con éxito.
Muchos docentes aducen que el horario escolar cada vez resulta más insuficiente para completar una programación sobrecargada, y que no les queda más remedio que recurrir a los deberes.
Aunque muchos profesores abusan de estas tareas injustificadamente, no es menos cierto que el currículum educativo está recargado de contenidos académicos e inconexos, y resulta poco atractivo a los pequeños.
No es justo que, ante la ausencia de métodos pedagógicos que logren motivar al alumnado, ante la falta de actualización de los contenidos a aprender, ante una escuela todavía muy encerrada sobre sí misma, carguemos de tareas a los alumnos, para solventar las carencias que existen dentro del horario lectivo.
Además, no debemos olvidar que los deberes escolares generan grandes desigualdades sociales; que un niño los ejecute mejor o peor depende del nivel socioeconómico y cultural de su familia y de su entorno. Algunos padres intentan ayudar a sus hijos a hacer estas tareas, otros prefieren recurrir a clases particulares o academias, y otros muchos no tienen ni el nivel educativo ni el dinero para poder pagar estas clases.
Cuantas más familias sientan la necesidad de recurrir a las clases particulares para completar la educación de sus hijos, más estará fracasando el sistema educativo reglado en el objetivo de educar a toda la población escolar y de garantizar la igualdad de oportunidades.
El grueso de la formación académica debería impartirse en el propio horario escolar. Lo que denominamos “deberes” sólo debería constituir una formación complementaria, con el apoyo de las bibliotecas, museos, asociaciones y recursos del entorno escolar, con actividades relacionadas con la lectura, la investigación y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
Además, en lugar de los deberes, tal y como hoy están concebidos, creemos que todos los centros educativos deberían disponer de programas de refuerzo educativo.
(los llamados “planes de acompañamiento educativo” en Primaria, y los PROA en secundaria), de manera que al término de la jornada escolar los alumnos con más dificultades se queden un tiempo en la escuela y reciban clases de apoyo en las materias que lleven más atrasadas. Desgraciadamente, los recortes educativos están pasando factura a estos programas que tanto bien podrían hacer a nuestros escolares y que constituyen una herramienta para compensar desigualdades.
Es urgente que las Administraciones educativas, antes de lanzarse a realizar complejas y quizás inútiles cambios en la estructura de las etapas educativas, como la reforma de la ESO que pretende impulsar ahora el Ministerio de Educación, tuvieran más en cuenta estas realidades que tienen que afrontar diariamente decenas de miles de familias en este país.
Muchos docentes aducen que el horario escolar cada vez resulta más insuficiente para completar una programación sobrecargada, y que no les queda más remedio que recurrir a los deberes.
Aunque muchos profesores abusan de estas tareas injustificadamente, no es menos cierto que el currículum educativo está recargado de contenidos académicos e inconexos, y resulta poco atractivo a los pequeños.
No es justo que, ante la ausencia de métodos pedagógicos que logren motivar al alumnado, ante la falta de actualización de los contenidos a aprender, ante una escuela todavía muy encerrada sobre sí misma, carguemos de tareas a los alumnos, para solventar las carencias que existen dentro del horario lectivo.
Además, no debemos olvidar que los deberes escolares generan grandes desigualdades sociales; que un niño los ejecute mejor o peor depende del nivel socioeconómico y cultural de su familia y de su entorno. Algunos padres intentan ayudar a sus hijos a hacer estas tareas, otros prefieren recurrir a clases particulares o academias, y otros muchos no tienen ni el nivel educativo ni el dinero para poder pagar estas clases.
Cuantas más familias sientan la necesidad de recurrir a las clases particulares para completar la educación de sus hijos, más estará fracasando el sistema educativo reglado en el objetivo de educar a toda la población escolar y de garantizar la igualdad de oportunidades.
El grueso de la formación académica debería impartirse en el propio horario escolar. Lo que denominamos “deberes” sólo debería constituir una formación complementaria, con el apoyo de las bibliotecas, museos, asociaciones y recursos del entorno escolar, con actividades relacionadas con la lectura, la investigación y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
Además, en lugar de los deberes, tal y como hoy están concebidos, creemos que todos los centros educativos deberían disponer de programas de refuerzo educativo.
(los llamados “planes de acompañamiento educativo” en Primaria, y los PROA en secundaria), de manera que al término de la jornada escolar los alumnos con más dificultades se queden un tiempo en la escuela y reciban clases de apoyo en las materias que lleven más atrasadas. Desgraciadamente, los recortes educativos están pasando factura a estos programas que tanto bien podrían hacer a nuestros escolares y que constituyen una herramienta para compensar desigualdades.
Es urgente que las Administraciones educativas, antes de lanzarse a realizar complejas y quizás inútiles cambios en la estructura de las etapas educativas, como la reforma de la ESO que pretende impulsar ahora el Ministerio de Educación, tuvieran más en cuenta estas realidades que tienen que afrontar diariamente decenas de miles de familias en este país.
lunes, 1 de julio de 2013
Los colegios exigirán la firma de los dos padres separados para matricular a un hijo
Educación implantará nuevas medidas para evitar conflictos entre progenitores divorciados y los colegios
La Conselleria de Educación implantará durante el curso 2013-14 un protocolo de actuación que regulará las relaciones de los centros educativos con los padres separados o divorciado para garantizar que ambos progenitores, si cuentan con la patria potestad, reciban información y participen en la toma de decisiones. El protocolo establecerá cómo deben actuar los centros teniendo en cuenta los derechos y deberes de los progenitores en función de si tienen la patria potestad o la guarda y custodia.
Si tienen la patria potestad, el objetivo es que ambos reciban información académica, participen en la elección del centro, en su funcionamiento, puedan recoger a los menores o autoricen la difusión de material audiovisual en el que aparezca, entre otros aspectos.
En un momento en que el número de alumnos procedentes de matrimonios o parejas disueltas es mayor, se pretende evitar conflictos que afectan a la comunicación y relación del centro con los progenitores ante la divergencia de intereses entre los padres y madres de los alumnos.
La medida ha sido consensuada con las principales asociaciones que promueven la custodia compartida en la Comunitat Valenciana, con las que la Conselleria ha mantenido diversos encuentros, como la Asociación Custodia Compartida de Alicante, Castellón y Valencia, y la Asociación de Abuelos por la Custodia Compartida de la Comunitat.
En primer lugar, las instrucciones establecen que cuando el centro deba tomar una decisión educativa con respecto al menor y constate un desacuerdo manifiesto entre los progenitores, deberá remitirlos a la autoridad judicial poniendo los hechos en conocimiento del fiscal si considera que existe un riesgo para la vida, la integridad, salud, dignidad o libertad del menor o que la situación es gravemente perjudicial o dañosa para el hijo.
En cuanto a la escolarización del menor, el centro requerirá la firma de ambos progenitores para proceder a su matriculación por primera vez o a un cambio de centro, en el caso de que la sentencia o auto de medidas provisionales no haya dispuesto nada sobre el ejercicio de la patria potestad en materia educativa. Para ello, junto con la solicitud de admisión se deberá adjuntar la parte expositiva referida al ámbito educativo de la sentencia o auto de padres o madres separados o divorciados o parejas de hecho que hayan puesto fin a su convivencia.
En cuanto a la recogida del centro, el menor se entregará al padre o madre o tutor, según establezca la resolución judicial, sin perjuicio de que éste pueda autorizar por escrito al otro progenitor o a una tercera persona para que lo recoja en su nombre. Para ello, quien tenga la guardia y custodia entregará al centro un listado de personas autorizadas, debidamente identificadas, para poder recoger al menor a la salida del centro educativo.
Otra de las directrices que se da a los centros es acerca de la información sobre el proceso de evaluación. En el caso de que ambos progenitores tengan la patria potestad, el centro duplicará la información de la evaluación para entregársela a ambos. No lo hará en el caso de que exista privación de la patria potestad o algún tipo de medida penal de prohibición de comunicación impuesta a alguno de los progenitores.
Además, cuando exista resolución judicial que prive o suspenda el ejercicio de la patria potestad o excluya o limite el derecho del progenitor a visitar, acercarse o comunicarse con el hijo o descendiente, el centro impedirá información o comunicación alguna con el menor mientras esté bajo su custodia, según fuentes de Educación
La Conselleria de Educación implantará durante el curso 2013-14 un protocolo de actuación que regulará las relaciones de los centros educativos con los padres separados o divorciado para garantizar que ambos progenitores, si cuentan con la patria potestad, reciban información y participen en la toma de decisiones. El protocolo establecerá cómo deben actuar los centros teniendo en cuenta los derechos y deberes de los progenitores en función de si tienen la patria potestad o la guarda y custodia.
Si tienen la patria potestad, el objetivo es que ambos reciban información académica, participen en la elección del centro, en su funcionamiento, puedan recoger a los menores o autoricen la difusión de material audiovisual en el que aparezca, entre otros aspectos.
En un momento en que el número de alumnos procedentes de matrimonios o parejas disueltas es mayor, se pretende evitar conflictos que afectan a la comunicación y relación del centro con los progenitores ante la divergencia de intereses entre los padres y madres de los alumnos.
La medida ha sido consensuada con las principales asociaciones que promueven la custodia compartida en la Comunitat Valenciana, con las que la Conselleria ha mantenido diversos encuentros, como la Asociación Custodia Compartida de Alicante, Castellón y Valencia, y la Asociación de Abuelos por la Custodia Compartida de la Comunitat.
En primer lugar, las instrucciones establecen que cuando el centro deba tomar una decisión educativa con respecto al menor y constate un desacuerdo manifiesto entre los progenitores, deberá remitirlos a la autoridad judicial poniendo los hechos en conocimiento del fiscal si considera que existe un riesgo para la vida, la integridad, salud, dignidad o libertad del menor o que la situación es gravemente perjudicial o dañosa para el hijo.
En cuanto a la escolarización del menor, el centro requerirá la firma de ambos progenitores para proceder a su matriculación por primera vez o a un cambio de centro, en el caso de que la sentencia o auto de medidas provisionales no haya dispuesto nada sobre el ejercicio de la patria potestad en materia educativa. Para ello, junto con la solicitud de admisión se deberá adjuntar la parte expositiva referida al ámbito educativo de la sentencia o auto de padres o madres separados o divorciados o parejas de hecho que hayan puesto fin a su convivencia.
En cuanto a la recogida del centro, el menor se entregará al padre o madre o tutor, según establezca la resolución judicial, sin perjuicio de que éste pueda autorizar por escrito al otro progenitor o a una tercera persona para que lo recoja en su nombre. Para ello, quien tenga la guardia y custodia entregará al centro un listado de personas autorizadas, debidamente identificadas, para poder recoger al menor a la salida del centro educativo.
Otra de las directrices que se da a los centros es acerca de la información sobre el proceso de evaluación. En el caso de que ambos progenitores tengan la patria potestad, el centro duplicará la información de la evaluación para entregársela a ambos. No lo hará en el caso de que exista privación de la patria potestad o algún tipo de medida penal de prohibición de comunicación impuesta a alguno de los progenitores.
Además, cuando exista resolución judicial que prive o suspenda el ejercicio de la patria potestad o excluya o limite el derecho del progenitor a visitar, acercarse o comunicarse con el hijo o descendiente, el centro impedirá información o comunicación alguna con el menor mientras esté bajo su custodia, según fuentes de Educación
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